Contraloría establece lineamientos para el registro y gestión de las cesiones de contratos públicos

Contraloría establece lineamientos para el registro y gestión de las cesiones de contratos públicos

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La Circular IN-CGR-CIR-2026-0005, que entrará en vigor el 6 de julio de 2026, busca uniformar el tratamiento financiero, evitar duplicidades y garantizar la transparencia bajo el marco de la Ley núm. 47-25.

Santo Domingo. El contralor general de la República, Geraldo Espinosa, emitió la Circular IN-CGR-CIR-2026-0005, mediante la cual se fijan los lineamientos técnicos para el registro, trazabilidad, transparencia y correcta gestión financiera de las cesiones de contratos de obras, bienes y servicios suscritos por las instituciones del Estado a partir del 6 de julio de 2026.

La disposición está dirigida a ministros, directores generales, titulares de instituciones descentralizadas, autónomas, de la Seguridad Social y demás entidades bajo el ámbito de la Ley núm. 10-07. La medida responde a las acciones contenidas en la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas, y procura unificar el tratamiento de las cesiones contractuales para robustecer los registros financieros en la administración pública.

El contralor Geraldo Espinosa destacó que la circular representa un paso importante para garantizar que las cesiones de contratos se realicen bajo criterios técnicos claros y medibles. Asimismo, sostuvo que una meta fundamental es la firma de un contrato tripartito que garantice la responsabilidad solidaria ante el Estado entre la institución contratante, el beneficiario original (cedente) y el nuevo adquiriente (cesionario).

De acuerdo con las nuevas directrices, la entidad contratante deberá verificar previamente que el cesionario reúna las mismas condiciones técnicas, legales y financieras exigidas en la adjudicación original, además de constatar que esté registrado en el Sistema Integrado de Gestión Financiera (Sigef).

En lo relativo a su viabilidad, las cesiones tendrán que cumplir rigurosamente con el artículo 151 de la Ley núm. 47-25, el cual limita este procedimiento exclusivamente a casos excepcionales y de interés público, quedando prohibido en determinadas etapas de ejecución y tipos de contratos. De igual forma, se exigirá de manera obligatoria un informe técnico que justifique la cesión y detalle el estado financiero y físico del contrato antes de proceder con su autorización.

Como parte de las medidas de control interno, la Contraloría instruyó que toda cesión se registre mediante una adenda al contrato original en el Sistema Trámite Regular Estructurado (TRE Contrato) para identificar con precisión montos, saldos pendientes y garantías. Los libramientos de pago también deberán registrarse en el Sigef a nombre del beneficiario correspondiente para evitar duplicidades o vacíos administrativos.

La circular aclara que las instituciones podrán realizar adendas individuales tanto con el cedente como con el cesionario, respetando la proporcionalidad de los montos. Adicionalmente, las garantías exigidas por la Ley núm. 47-25 deberán ser asumidas por el cesionario en proporción al monto transferido, salvaguardando el interés público.

La normativa aplicará formalmente para todas las cesiones contractuales que se suscriban a partir del 6 de julio de 2026, mientras que los procesos formalizados con anterioridad continuarán rigiéndose por el marco legal vigente al momento de su firma. El documento íntegro ha sido colocado en el portal web institucional de la Contraloría para su libre consulta y correcta implementación.

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