Santo Domingo, 21 de mayo de 2026. – Después de varios años de desarrollo limitado, se han dado pasos para establecer las condiciones que permitan el desarrollo de los instrumentos financieros conocidos como factoring y leasing en República Dominicana.
La visita de una misión de la Oficina de Asistencia Técnica del Departamento del Tesoro de Estados Unidos al gobernador del Banco Central de la República Dominicana marcó este avance. Según informó la entidad monetaria, los representantes ofrecieron su colaboración para elaborar proyectos de ley que regulen estos mecanismos, con el fin de garantizar su funcionamiento formal y seguro.
El factoring consiste en la venta de facturas o cuentas por cobrar de una empresa a una entidad especializada, la cual entrega de inmediato un porcentaje de los recursos, que oscila entre el 80% y el 90%, para mejorar la disponibilidad de fondos de la empresa sin esperar los plazos de cobro establecidos.
Por su parte, el leasing es una modalidad de financiamiento mediante la cual una entidad adquiere un bien —como vehículos, maquinaria o inmuebles— y lo entrega en arrendamiento a cambio de pagos periódicos. Al finalizar el contrato, el usuario puede adquirir la propiedad del bien.
El funcionamiento de ambos instrumentos se ve afectado por la falta de una legislación específica. Sin normas claras, las operaciones son posibles, pero se presentan limitaciones, mayores costos y riesgos.
En el caso del leasing, la ausencia de ley puede generar confusiones con contratos de alquiler o préstamos tradicionales. Sin definiciones precisas, los jueces pueden interpretar los casos de manera distinta, lo que provoca incertidumbre jurídica, procesos judiciales prolongados y reducción en el uso del mecanismo. Además, no se establece claramente quién tiene la propiedad del bien frente a terceros ni qué sucede en situaciones de quiebra, lo que aumenta el riesgo para las entidades financieras y puede hacer que la modalidad deje de estar disponible.
En materia tributaria, la falta de reglas provoca dudas sobre cómo deben aplicarse los impuestos, lo que puede dar lugar a cobros duplicados o tratamientos inconsistentes.
En el factoring, la falta de normativas dificulta que la cesión de créditos sea reconocida válidamente frente a terceros. Sin registros claros, puede presentarse la situación en la que la persona que debe el pago realice la transferencia al proveedor original, generando inseguridad.
Las instituciones financieras requieren reglas claras para participar y otorgar recursos. Sin garantías sobre la recuperación de activos o el cobro de los montos adeudados, el mercado se mantiene reducido y con escasa disponibilidad de financiamiento.
Estos instrumentos son de utilidad especialmente para las pequeñas y medianas empresas, que enfrentan mayores dificultades para acceder a crédito. Sin un marco legal adecuado, solo las empresas de mayor tamaño pueden utilizarlos, y bajo condiciones más restrictivas.
Países como Chile, México y Colombia han establecido leyes específicas, registros electrónicos y normas tributarias definidas, lo que ha permitido que estos mecanismos se conviertan en herramientas para el desarrollo del crédito.

